lunes , 26 octubre 2026
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Comerciantes de la Costanera respaldan fondo de reparación por crecientes

Comerciantes de la Costanera respaldan fondo de reparación por crecientes
Comerciantes de la Costanera respaldaron con el diputado Cresto un proyecto de ley para crear un fondo automático de reparación económica ante crecientes del río Uruguay aguas abajo de Salto Grande.

El agua no avisa, pero deja cuentas, mercadería y actividades suspendidas. En la Costanera, ese escenario volvió a estar sobre la mesa con un proyecto de ley para crear un fondo de reparación económica.

Comerciantes de la Costanera se reunieron con el diputado Cresto y respaldaron la iniciativa. Lapiduz sostuvo que el ex intendente se acercó, escuchó la necesidad y desarrolló el proyecto de ley que ya ingresó a la Legislatura.

El proyecto modifica la Ley N° 9149 para implementar un régimen permanente de reparación económica y recuperación de emprendimientos generadores de trabajo, instituciones deportivas y asociaciones civiles sin fines de lucro. El alcance apunta a los afectados por crecientes del río Uruguay aguas abajo del Complejo Hidroeléctrico Salto Grande.

El Fondo de Reparación y Recuperación de Emprendimientos Ribereños e Instituciones Deportivas Aguas Abajo de Salto Grande se integraría con el 5 % de los ingresos efectivamente percibidos por la CAFESG por excedentes de Salto Grande. También contemplaría partidas adicionales del presupuesto provincial, aportes nacionales y otros recursos por convenios o rendimientos.

La iniciativa prevé crear una Unidad de Reparación y Recuperación a cargo del registro de beneficiarios, el relevamiento de afectaciones, la evaluación de solicitudes y la determinación técnica de las reparaciones. Las prestaciones se aprobarían mediante resolución fundada de la CAFESG, con asistencia de recursos humanos y técnicos del organismo.

El ámbito territorial comprende establecimientos e instituciones en municipios y comunas ribereñas de Concordia, Colón, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy, aguas abajo de Salto Grande, cuando sean afectados por el ingreso directo de aguas o por efecto de remanso. El texto distingue dos clases de beneficiarios: emprendimientos que generen empleo o autoempleo e instituciones deportivas o asociaciones civiles sin fines de lucro.

En los considerandos, el proyecto recuerda que las crecientes pueden provocar pérdidas de mercadería, deterioro de instalaciones, retiro de equipamiento y suspensión de actividades. Cuando el agua baja, comienza otra dificultad: reunir los recursos necesarios para limpiar, reparar, reponer y volver a abrir.

También contempla la realidad de los trabajadores, las familias, los proveedores y las inversiones detrás de cada emprendimiento afectado que contribuyen al desarrollo de esas comunidades. En las instituciones deportivas hay socios, deportistas, niños y jóvenes que necesitan recuperar sus espacios de encuentro y formación.

El artículo 5° menciona la activación automática del régimen ante cada creciente. Si el proyecto avanza en la Legislatura, el mecanismo buscaría dar previsibilidad a comercios, trabajadores, familias, proveedores e instituciones que dependen de la ribera.

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