Una sola pregunta resume el ruido que generó el Decreto N° 624/2026 en el municipio que conduce el intendente Francisco Azcué: ¿la misma regla vale para todos o depende de quién ocupa el sillón?
La norma, firmada también por el secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda, Pablo Sebastián Ferreyra, oficializó a partir del 13 de julio la designación de Rodríguez al frente de la Secretaría de Gobierno, en reemplazo de Luciano Dell’Olio, quien presentó su renuncia a fines de junio. Hasta ese momento, Ferreyra cubría el cargo de manera transitoria.
Hasta ahí, todo dentro de lo esperable en cualquier reorganización de gabinete. El problema aparece en los considerandos del decreto: Rodríguez ejercerá el cargo sin cobrar el salario correspondiente mientras siga percibiendo su jubilación nacional. El texto es claro: la funcionaria estará activa pero sin liquidación de haberes hasta que la ANSES resuelva favorablemente la suspensión de su beneficio previsional.
La exigencia, en sí misma, tiene lógica legal. La incompatibilidad entre una jubilación nacional y un cargo público rentado existe en el ordenamiento argentino. Lo que genera ruido es la comparación inevitable con la situación del subsecretario de Desarrollo Productivo, Roberto Niez: según los registros de la ANSES, Niez continúa percibiendo su jubilación nacional mientras integra el Ejecutivo municipal, sin que ningún decreto anterior haya incorporado la misma exigencia que ahora pesa sobre Rodríguez.
La diferencia entre ambos casos no tiene explicación pública por parte del municipio. No hay aclaración oficial sobre si Niez tramitó la suspensión por otra vía, si existe alguna distinción legal entre los cargos, o si simplemente la administración de Azcué aplicó criterios distintos en cada designación. Ninguna de las partes dio su versión sobre la disparidad.
Lo que sí queda claro es que el decreto introduce, por primera vez en forma explícita, una condición que no había aparecido en designaciones anteriores de funcionarios jubilados dentro de este mismo gabinete. Eso abre una pregunta concreta: ¿se trata de un criterio que el municipio adoptará de ahora en adelante para todos los casos similares, o fue una decisión puntual para esta incorporación? La respuesta a esa pregunta definirá si el episodio fue una corrección de rumbo o, simplemente, una vara que no midió igual para todos.