lunes , 13 julio 2026
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Concordia regula los monopatines eléctricos: casco, seguro y registro obligatorio

Concordia regula los monopatines eléctricos: casco, seguro y registro obligatorio
El municipio de Concordia publicó la ordenanza que regula los vehículos eléctricos personales. Habrá registro, oblea identificatoria y multas para quienes no cumplan.

Concordia se puso al día con una realidad que ya circula por sus calles hace tiempo: los monopatines, bicicletas y motos eléctricas tendrán su propio marco legal. La Municipalidad publicó este lunes en el Boletín Oficial la Ordenanza Nº 38.858, la primera norma específica para los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en la ciudad.

La norma fue sancionada por el Concejo Deliberante el 25 de junio y promulgada por el Ejecutivo municipal el 3 de julio. Alcanza a patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas, monopatines, hoverboards, segways y motos eléctricas, es decir, todo aquello que se mueva solo, lleve una persona y no supere los 40 kilómetros por hora ni los 1.500 watts de potencia. Eso sí: todavía no rige. La entrada en vigencia está prevista para 30 días después de su promulgación, así que el reloj ya corre.

Las obligaciones son concretas. Quienes circulen con estos vehículos deberán usar casco protector, respetar la señalización vial, circular por la derecha y no conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. De noche o con baja visibilidad, luces delanteras y traseras en funcionamiento serán exigencia. La edad mínima para manejar cualquiera de estos rodados será de 16 años. Para las motos eléctricas en particular, el conductor tendrá que contar con licencia categoría A1.

Uno de los puntos más novedosos es la creación del Registro Local de Propietarios de Vehículos Eléctricos. La inscripción será obligatoria e incluirá datos del propietario, marca, modelo, número de serie y póliza de seguro. A cambio, el municipio entregará una oblea identificatoria con código QR que los inspectores podrán escanear en cualquier control para verificar la vigencia de la inscripción. Sin seguro de responsabilidad civil, tampoco se puede circular: esa cobertura es requisito indispensable para proteger a terceros ante cualquier accidente.

En cuanto al estacionamiento, la ordenanza es clara: solo en espacios habilitados para motocicletas o en los sectores que el municipio designe. Prohibido dejarlos en veredas, accesos a edificios o cualquier lugar que entorpezca el paso de peatones o vehículos. Quienes no cumplan serán multados según el régimen de faltas previsto para ciclomotores y motocicletas, con respaldo en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

El Departamento Ejecutivo quedó facultado para reglamentar la norma e implementar campañas de educación vial orientadas al uso seguro de estos vehículos. Con el registro en marcha y las obleas en circulación, Concordia apuesta a ordenar un segmento de movilidad que creció sin reglas durante años.

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