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El decreto de Concordia que quiso corregir un error y mostró el caos administrativo

El decreto de Concordia que quiso corregir un error y mostró el caos administrativo
Un decreto municipal para rectificar un "error involuntario" en un pago de $196 millones a una empresa terminó exponiendo una cadena de errores y confusiones conceptuales alarmantes.

Hay decretos que explican decisiones de gobierno. Hay decretos que autorizan gastos. Y hay decretos que, sin querer, terminan confesando cómo funciona realmente una administración. El Decreto N° 458/2026 de la Municipalidad de Concordia es uno de esos casos que duelen.

A simple vista parece una rectificación administrativa, una corrección formal, un “error involuntario” como dice el propio texto. Pero cuando uno lo lee con atención, lo que aparece no es una simple equivocación de palabras. Lo que aparece es un desorden administrativo preocupante, una cadena de errores, una confusión de conceptos jurídicos y todo esto alrededor de un pago de $196.492.998,04.

Estamos hablando de casi doscientos millones de pesos a favor de la firma VECCHIO S.R.L., correspondiente a una redeterminación definitiva de precios de la Licitación Pública N° 57/2022, por la obra de mejoramiento del Acceso Sur de Concordia. Plata que no es poca, precisamente.

El problema arranca con el Decreto N° 325/2026. Según el decreto que lo corrige, ahí se habría cometido un “error involuntario”: donde decía “Acta de Recepción Definitiva” debía decir “Acta de Redeterminación Definitiva”. ¿Un detalle menor? Para nada.

Una cosa es una recepción definitiva de obra: si la obra fue realizada, si se cumplió el contrato, si corresponde cerrar técnicamente la ejecución. Otra cosa muy distinta es una redeterminación definitiva de precios: plata, actualización de valores, reconocimiento de mayores costos, inflación, cuánto más debe pagar el Estado. Cuando una administración confunde estos conceptos, no está confundiendo una palabra: está confundiendo el objeto jurídico del acto administrativo.

Ahí aparece la primera pregunta incómoda: ¿fue solamente un error involuntario o fue un acto mal hecho que después tuvieron que salir a arreglar para poder pagar? Porque el Decreto 458 no se limita a corregir una palabra. El decreto rectifica el anterior, pero además aprueba el gasto, dispone el pago y declara de legítimo abono casi doscientos millones.

Si el problema era simplemente de redacción, ¿por qué el nuevo decreto también aprueba el gasto? La respuesta posible es incómoda: porque el decreto anterior, tal como estaba redactado, probablemente no servía jurídicamente para sostener correctamente el pago. Y entonces hubo que dictar otro decreto para reencuadrar el trámite y habilitar el pago.

Eso, como mínimo, muestra improvisación. Como mínimo, muestra falta de control. Como mínimo, muestra una administración que maneja expedientes millonarios con una liviandad alarmante. Pero hay más, y es peor.

El propio decreto que viene a corregir errores vuelve a estar lleno de errores. Dice “Defintiva” en lugar de “Definitiva”. Dice que debe quedar “firma” el contenido restante, cuando debería decir “firme”. Usa “presentemente” donde debería decir “precedentemente”. Y en el artículo 2°, el texto aparece directamente mal armado: habla de “mejoramiento Pasquet, Legajo N° 3550”, mezclando el nombre de la obra con el de un funcionario municipal.

Es decir: el decreto que viene a corregir un decreto mal hecho también está mal hecho. Y esto no es una cuestión estética. No estamos corrigiendo una coma en una invitación. Estamos hablando de un acto administrativo que autoriza un pago de $196.492.998,04.

Cuando el Estado paga doscientos millones de pesos, la precisión no es un lujo: es una obligación. El expediente queda como testimonio de una administración que parece manejar los recursos públicos con la misma prolijidad con que redacta sus decretos. Y eso, en Concordia, debería preocupar a cualquiera que pague impuestos.

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