domingo , 28 abril 2024
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Fiscalía pide condicional para Vázquez

El juez Cánepa dará a conocer el 3 de julio el adelanto de su resolución.
Fiscalía y querella solicitaron dos años y seis meses de prisión para el ex intendente de San Benito, y un año y ocho meses para el ex secretario de Gobierno. Para ambos se instó la inhabilitación para ejercer cargos públicos

Rubén Ángel Vázquez, de 65 años, y José Luis Cogno, de 62 años, ex intendente y ex secretario de Gobierno del municipio de San Benito, respectivamente, conocerán el 3 de julio cómo se resolvió su situación procesal.

Aquel día, el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, dará a conocer su resolución.

Ambos imputados son juzgados por el delito de Falsedad ideológica de instrumento público en relación a la incorporación de información falsa en un decreto municipal. Se los acusa de insertar una fecha falsa, antedatando en un año el decreto que dispuso el desplazamiento del denunciante, Edgardo Valdemarín, que hasta el 15 de diciembre de 2003 se desempeñó como tesorero del municipio.

Penas

Ayer, tras los alegatos de cierre del juicio, el fiscal, Ignacio Aramberry, y los querellantes particulares, Jorge Leitner e Iván Vernengo, solicitaron que el ex intendente sea condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional, y que Cogno lo sea a la pena de un año y ocho meses de prisión, en ambos casos de cumplimiento condicional con la imposición de normas de conducta.

Asimismo, las acusaciones coincidieron en solicitar la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble de la condena. No coincidieron en el concepto de la sanción: para Fiscalía debe ser absoluta. Para la querella, especial. La defensa, a cargo de Marciano Martínez, solicitó la absolución lisa y llana de ambos.

La defensa responsabilizó a una funcionaria jubilada.

Acusaciones

Las acusaciones coincidieron en los fundamentos de sus respectivos alegatos. En este sentido consideraron que se probó que Cogno y el asesor letrado del Municipio en diciembre de 2003, Gilberto Del Vecchio, despojaron del cargo a Valdemarín de palabra en diciembre de 2003, apenas Vázquez asumió la gestión, y se designó en su reemplazo a Roberto Ramallo, cuyo nombramiento salió por unanimidad del Concejo Deliberante.

También que, ante la insistencia del denunciante en que se le exhiba el decreto que dispuso su apartamiento del cargo, en diciembre de 2004 se creó el decreto Nº013 PMSB, pero se le insertó una fecha falsa. Ambas partes indicaron que Valdemarín fue nombrado por ordenanza de la anterior gestión y que debió ser removido con el mismo instrumento.

Fiscalía señaló que el decreto Nº013 contiene como referencia una ordenanza, la N°3, que aún no había sido sancionada. Lo fue el 30 de diciembre de 2003. La querella destacó que Valdemarín fue sometido a un trato “denigrante” y “degradante” porque fue desplazado del cargo y designado a tareas que nada tenían que ver con las que venía desempeñando en la Tesorería. Señalaron que padeció problemas de salud y se lo perjudicó económicamente.

Qué dijo el abogado defensor

Martínez sostuvo que la responsable de la inserción de una fecha falsa en el decreto fue quien era la jefa de Recursos Humanos del Municipio, Elsa Pross. Insistió en que la mujer, que se jubiló como empleada de la Municipalidad, reconoció hace 20 años que había insertado la fecha falsa, y añadió que “nadie le creyó”. Porfió en que lo reconoció el jueves en el comienzo del juicio, cuando declaró como testigo, “lo dijo ante nosotros”, reclamó. En este sentido, el defensor planteó que sus defendidos fueron investigados porque “son políticos”.

El defensor destacó lo que a su entender era la figura de Vázquez como político. Así, sostuvo que “es un hombre común, un constructor, al que se le despertó la vocación política que todos tenemos” y resaltó que “fue elegido por el pueblo”. Más adelante destacó que “tan mal no hizo las cosas porque fue reelegido”.

Martínez contextualizó los hechos en los coletazos de la crisis de 2001, en el daño que generaron en la economía los bonos Federales, en el cambio de categoría de San Benito, que de Junta de Gobierno pasó a Municipio de primera.

El defensor sostuvo que no era necesario una ordenanza para correr del cargo al denunciante porque el cargo estaba vacante, lo criticó porque acudió al Derecho Penal antes que seguir la vía administrativa. Así, dijo que “no es cierto que Valdemarín fue una víctima, no fue víctima de nada, era una situación de facto”.

Además, cuestionó que “no es cierto que Valdemarín era el titular, estaba a cargo, no es cierto que tenía que seguir, el que prestaba acuerdo era el Concejo Deliberante, era una exigencia constitucional”.

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