miércoles , 24 abril 2024
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Reconoció que ocultó cocaína

Lovera reconoció ante la jueza que ocultó el estupefaciente entre sus prendas.
Flavia Lovera admitió el hecho que se le endilgaba. Ocultó droga en la casa de Claudia Bernal

El último hecho que se le intimó a Claudia Silvina Bernal, consistió en que “al menos desde el 29 de diciembre de 2022, junto a Flavia Lovera, comercializaba cocaína al menudeo en una casa ubicada en calle Combatientes de Malvinas”.

Tareas de inteligencia previa concluyeron en un allanamiento que se realizó el 7 de febrero de 2023. Este día se secuestraron 36 envoltorios de cocaína que Bernal escondió en la boca.

La maniobra fue advertida por el personal policial que la encontró en el baño de la vivienda. Tenía en su poder 25 gramos de estupefaciente. En tanto que Lovera, según la acusación, tenía en su poder 2,1 gramos en el bolsillo derecho de su short y 1.3 gramos en el otro y la suma de 1.320 pesos. En la casa se halló la suma de 274.390 pesos.

El 3 de abril, Bernal, en un juicio abreviado, reconoció ante el juez de Garantías, Mauricio Mayer, que vendía drogas al menudeo en distintas viviendas ubicadas en el sur de Paraná. También reconoció un legajo en el que se le imputó el delito de Abuso de armas. Aceptó cumplir la pena de cinco años de prisión. Aquel día, en relación a Lovera, el fiscal Martín Wasinger informó que se estaba trabajando en una salida alternativa, en la que se acordaría otra pena.

La sentencia diferenció la participación de la acusada con la de la líder de la banda

DETALLES

Ayer, Lovera reconoció ante la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, que ocultó el estupefaciente entre sus prendas cuando los efectivos de la Policía de Entre Ríos realizaban un allanamiento.

En la sentencia que la condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional más el pago de una multa de 525.000 pesos, de la que fue eximida en función de su precaria situación socio económica, la jueza diferenció los roles desplegados por cada una de las mujeres. Así, entendió que el rol de partícipe secundario que se acordó en el abreviado era ajustado a Derecho. Barbagelata aclaró que nada tenía que ver con aquella participación ni con la sentencia el hecho de haberse desempeñado Lovera como empleada doméstica en la casa de Bernal, tareas que incluían atender el kiosco o despensa que servía de fachada para la comercialización de estupefacientes.

Así, señaló que lo que se tuvo en cuenta, a partir de su reconocimiento y de la profusa prueba recabada en la Investigación Penal Preparatoria (IPP), que la mujer ocultó dos bolsitas de cocaína entre sus prendas. La jueza sostuvo que el hecho de ser empleada de Bernal no era “relevante” a la hora de evaluar las conductas atribuidas a Lovera.

NORMAS

Barbagelata le impuso a Lovera, como pena y en sustitución de la multa, el cumplimiento de tareas comunitarias no remuneradas por el plazo de 18 meses que deberá cumplir por seis horas mensuales. Además, atento a la condicionalidad de la condena, le impuso normas de conducta por el plazo de dos años.

En este período deberá realizar otras tareas que determinará la Oficina de Medidas Alternativas (OMA). La jueza también le dio la posibilidad, como sustituto de aquellos trabajos, de capacitarse en un oficio o terminar la escuela secundaria. Respecto de la última posibilidad, aclaró que deberá acreditar la culminación de sus estudios.

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