jueves , 18 junio 2026
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La Corte freno al Estado: no puede usar datos personales sin permiso

La Corte freno al Estado: no puede usar datos personales sin permiso
El maximo tribunal declaro inconstitucionales articulos de la ley que permitian al gobierno acceder a telefonos y mails de ciudadanos sin consentimiento. Un fallo que marca limites claros.

¿Hasta donde puede llegar el Estado con nuestros datos personales? La Corte Suprema acaba de poner un freno contundente: declaro inconstitucionales los articulos de la ley que le permitian al gobierno usar telefonos, direcciones y correos electronicos de los ciudadanos sin su consentimiento.

El fallo surge de un caso que parece menor pero que esconde una cuestion gigante: Carmen Torres Abad, una jubilada, se canso de que la ANSeS compartiera sus datos con otras dependencias estatales para “mantener informada a la poblacion”. La mujer fue clara: ella no habia dado esa informacion “para ser molestada o importunada por el Estado”.

Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas fueron lapidarios en su decision. Explicaron que no se advierte “que interes legitimo justificaria permitir al Estado que organice un sistema de almacenamiento y trafico de datos personales sin el conocimiento de sus titulares”.

El Estado Nacional habia defendido su posicion amparandose en la Ley N°25.326, que en sus articulos 5 y 11 dispensaba del consentimiento ciudadano cuando se trataba de “funciones propias de los poderes del Estado”. Pero la Corte fue terminante: esos preceptos “resultan inconstitucionales por limitar excesiva e injustificadamente los derechos a la privacidad”.

La historia arranco en la gestion de Mauricio Macri, cuando se firmo un convenio entre la ANSeS y la Secretaria de Comunicacion Publica para el intercambio de informacion. Torres Abad, “siendo una persona mayor”, prefirio dedicar su tiempo a “otros menesteres” antes que soportar el “permanente asedio” estatal.

Este fallo marca una advertencia clara a todos los organismos del Estado sobre el manejo de datos personales. La Corte recordo que la accion de habeas data “tiene por objeto la proteccion de las personas a las que se refieren los datos, y no a las instituciones que los registren”.

En tiempos donde la informacion es poder, la Corte acaba de recordarle al Estado que ese poder tiene limites constitucionales. Y que los datos de los ciudadanos no son moneda de cambio para las politicas publicas.

Con informacion de: Clarin.

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