La salida de Santiago Peña de la presidencia de Paraguay llegó en medio de una crisis política y financiera alrededor de Ueno Bank. El mandatario presentó su renuncia este jueves, después de que la Cámara de Diputados aprobara el pedido de juicio político y el proceso pasara al Senado.
No es una renuncia simple ni un cierre automático. La decisión abre dos frentes: si el Congreso acepta la dimisión y activa la sucesión, y qué pasa con el juicio político que ya superó su primera instancia. En ese punto, la salida voluntaria no borra las acusaciones formuladas por los legisladores.
El pedido original partió de 35 diputados opositores y legisladores disidentes del oficialismo. La iniciativa terminó de tomar cuerpo cuando las dos bancadas del Partido Colorado y otros bloques anticiparon su acompañamiento. Fue un dato fuerte: el oficialismo anticipó su respaldo en la sesión extraordinaria de Diputados.
La Constitución paraguaya reparte el proceso en dos tiempos. El artículo 225 le da a la Cámara de Diputados la atribución de formular la acusación, mientras que el Senado debe juzgar al presidente en una sesión pública. Para declararlo culpable, se necesitan dos tercios de los 45 miembros de la Cámara Alta, es decir, al menos 30 votos.
Aquí entra el dato que complica todo: la aprobación en Diputados no es una condena. La definición corresponde exclusivamente a los senadores, que pueden declarar la culpabilidad y disponer la separación del cargo. Pero la renuncia introduce una discusión adicional: si el Senado puede continuar con el juzgamiento una vez que Peña haya dejado la Presidencia.
La dimisión tampoco se hace sola. El artículo 202, inciso 16, de la Constitución paraguaya establece que corresponde al Poder Legislativo aceptar o rechazar la renuncia del presidente y del vicepresidente. Si el Congreso acepta, Pedro Alliana deberá asumir y completar el período constitucional, que finaliza en agosto de 2028.
El artículo 234 regula los casos de acefalía y prevé que, ante una vacancia definitiva, el vicepresidente electo asume el Poder Ejecutivo hasta completar el mandato. Por eso, no correspondería convocar a elecciones presidenciales anticipadas. Alliana fue elegido como parte de la misma fórmula y debería continuar al frente del Gobierno durante el tiempo restante.
Queda un efecto político que puede marcar el futuro de Peña. El artículo 189 establece que los expresidentes elegidos democráticamente pasan a integrar el Senado de manera vitalicia, con voz, pero sin voto y sin participar del quórum. La excepción es dura: quedan excluidos quienes hayan sido sometidos a juicio político y declarados culpables.
La acusación aprobada en Diputados no alcanza por sí sola para impedir ese beneficio. Para que Peña pierda la posibilidad de ser senador vitalicio, el Senado debería continuar el procedimiento y emitir una declaración de culpabilidad. La renuncia ya está sobre la mesa, pero el verdadero nudo sigue en la Cámara Alta.