Un salón que los vecinos no podían usar y una cancha que nunca se construyó. Esa es, en síntesis, la historia detrás de la resolución que aprobó el Concejo Deliberante de Concordia y que dejó sin efecto dos contratos de comodato firmados a favor de la Asociación Club Social, Cultural y Deportivo Defensores del Barrio La Constitución.
Todo arranca en 2014, cuando el entonces Departamento Ejecutivo cedió por veinte años un terreno municipal en el barrio Gobernador Cresto —identificado con Matrícula N.º 108.833— para que la institución construyera y utilizara una cancha de fútbol. El problema: ese decreto fue dictado ad referéndum del Concejo, lo que significaba que necesitaba ratificación legislativa para tener plena validez jurídica. Esa ratificación nunca llegó.
En 2018 se repitió la misma historia. El Ejecutivo autorizó un segundo comodato, esta vez para que el club usara el Salón de Usos Comunitarios del barrio Constitución Este como sede social. Mismo mecanismo, mismo resultado: enviado al Concejo, jamás ratificado. Dos contratos que existían en los papeles pero sin respaldo legal completo.
La entidad beneficiaria está presidida desde hace años por Jaime Cisneros, referente barrial y ex Director de Comisiones Vecinales de la Municipalidad. Durante las gestiones encabezadas por Enrique Cresto, el club mantuvo una relación estrecha con el Ejecutivo local: además de las cesiones de inmuebles, recibió aportes económicos mensuales a través de convenios firmados en 2017 y 2018 para solventar gastos de mantenimiento y actividades deportivas. A cambio, la institución se comprometía a conservar las instalaciones, participar en torneos y poner los espacios a disposición de la comunidad para actividades culturales.
Nada de eso se cumplió según el Concejo. La resolución señala que la cancha de fútbol prevista en el contrato de 2014 nunca fue construida y que el salón comunitario permanecía cerrado, sin que los vecinos del barrio pudieran acceder a él. El incumplimiento del destino previsto fue el argumento central para actuar.
El cuerpo legislativo instruyó al Departamento Ejecutivo a iniciar las actuaciones administrativas necesarias para resolver o declarar ineficaces ambos contratos. También deberá notificar formalmente al club e intimarlo, si corresponde, a restituir los inmuebles libres de personas y bienes dentro del plazo que fije la administración. Si la institución no cumple, el municipio queda habilitado para promover acciones administrativas y judiciales para recuperar los bienes. El objetivo final es que el salón vuelva a estar disponible para los vecinos del barrio, que es la función para la que fue construido.