¿Que urgencia puede tener una pavimentacion de $2.664 millones que justifique saltear los plazos normales? Esa es la pregunta que genera el ultimo decreto municipal que autoriza una nueva etapa del programa vial, pero con un detalle que llama la atencion.
El Ejecutivo municipal recurrio al articulo 25 de la Ordenanza de Contrataciones, una herramienta que permite reducir los plazos de difusion de una licitacion por razones de urgencia. El problema es que el decreto no explica cuales son esas circunstancias excepcionales que ameritan el apuro.
La inversion oficial sera de $2.664.939.843,83, imputada a la partida presupuestaria de mantenimiento vial de calles pavimentadas. Sin embargo, el decreto difundido en el Boletin Oficial no detalla que calles o barrios seran alcanzados por esta segunda etapa del programa.
Desde la Secretaria de Obras Publicas informaron que la contratacion contempla tanto la provision de materiales como la ejecucion de los trabajos. La apertura de ofertas sera fijada por la Direccion de Compras y Suministros, organismo que tambien tendra a cargo las publicaciones legales correspondientes.
El decreto incluye una autorizacion anticipada para un segundo llamado a licitacion en caso de que la primera convocatoria resulte desierta, una alternativa sugerida por las areas tecnicas para evitar demoras en la concrecion de la obra.
Aunque la norma exige que la urgencia este debidamente fundamentada, el decreto se limita a señalar la necesidad de concretar la contratacion sin detallar que circunstancias excepcionales justifican el acortamiento de los tiempos administrativos. Una practica que genera interrogantes sobre la transparencia en el manejo de los recursos publicos destinados a obra publica.