jueves , 28 marzo 2024
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Reiteran pedido de recusación de la jueza Marina Barbagelata

La magistrada Carolina Castagno escuchó ayer los argumentos de las partes y resolverá en 48 horas.

Causa Contratos. A principios de mayo, la magistrada rechazó el pedido y el recursante lo apeló. Ayer se realizó la audiencia ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones.

Redacción EL DIARIO / [email protected]

 

La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, escuchó ayer los argumentos de las partes respecto del pedido de recusación de la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, que presentó el defensor José Velázquez, que representa a los imputados Flavia Beckman y Hugo Mena, que están imputados junto a 31 personas, en la causa que investiga la presunta sustracción de millonarias sumas de dinero de las arcas del Estado mediante la celebración de contratos de obra en ambas Cámaras Legislativas de la provincia, celebrados entre 2008 y 2018, por los que los contratados sólo habrían percibido un ínfimo monto sólo por prestar sus nombres.

Castagno, luego de escuchar a Velázquez; a la fiscal, Patricia Yedro; y el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, pasó a analizar los argumentos y dará a conocer su resolución en 48 horas, desde ayer. Velázquez  planteó que se revierta el rechazo de la recusación que solicitó, desarrollando dos motivos: que la jueza ya entendió en el legajo, es decir, analizó el artículo 146 duovice que introdujo la Cámara Nacional Electoral cuando se expidió en el conflicto de competencia; y el temor de parcialidad de la jueza.

Respecto del segundo motivo, el defensor argumentó que se corroboraría en la falta de notificación a las defensas de distintas etapas del proceso, que encontraron respaldo, a su entender, en que la jueza notificó el 3 de mayo, al Fuero Federal, de su resolución del 2 de mayo, cuando resolvió sostener la competencia provincial, pero recién el viernes 5 de mayo, rechazó la recusación en su contra, por devenir abstracta. La defensa entendió que hubo en esa conducta falta de buena fe procesal.

La defensa también entendió que la parcialidad de la jueza se encontraría afectada en un antecedente, que se corroboraría con los embargos e inhibición de bienes que la jueza dictó ha pedido de Fiscalía, con el pretendido objetivo de recuperar las sumas que se habrían sustraído del erario público, comprendiendo sumas millonarias y afectación de intereses de personas que no eran parte de la investigación.

La magistrada Carolina Castagno escuchó ayer los argumentos de las partes y resolverá en 48 horas.

Yedro solicitó que se rechace la recusación porque entendió que el defensor y las otras defensas que apelaron la resolución de Barbagelata que sostuvo la competencia provincial, manifestaban un desacuerdo con aquella decisión. Sostuvo que se trata de un accionar que las defensas vienen exhibiendo. Opinó que la pretensión de las defensas  “no se entiende”; que no se puede saber cuál es el gravamen que le ocasionaría que la jueza haya dictado la continuidad del proceso, en respuesta a lo que solicitó la Corte Suprema de Justicia de la Nación; entendió que Barbagelata es la jueza natural en el proceso y añadió que “no vemos cómo podría haberse apartado”. Sostuvo que los planteos “son irracionales”. Rodríguez Signes adhirió al pedido de Fiscalía, añadió que entiende que la competencia es la provincial y entendió que la jueza no se encuentra comprendida en las causales de recusación

Estado

Actualmente la causa se encuentra suspendida, en cuanto está pendiente de resolución el conflicto positivo de competencia entre el la justicia ordinaria y la federal-electoral. Tras la resolución que emitió el 2 de mayo Barbagelata, que ratificó la jurisdicción provincial, la definición quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El conflicto comenzó mediante las actuaciones que promovieron algunas defensas ante el Juzgado Federal N° 1 de Paraná, a cargo del Juez Federal, Daniel Alonso, el 9 de junio de 2021.

Alonso se declaró competente y le solicitó el legajo a la jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, “para su tramitación ante este Juzgado”. El 26 de julio 2021, Barbagelata “rechazó la inhibitoria recibida del Juzgado Federal de la Ciudad de Paraná, en el que se estableció la competencia federal para el juzgamiento de los hechos que se investigan en el presente legajo”. Así las cosas, la jueza, en aquel momento, señaló que “tal decisorio de ambos magistrados,  no posee calidad de cosa juzgada, ni material ni formal, quedando pendiente la resolución del conflicto de competencia positiva trabado, el que deberá ser resuelto por el superior común, esto es, la CSJN”.

Causa Contratos: Defensas dicen que no las notificaron del fallo sobre competencia ordinaria

 

 

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