Una foto bastó para que la Guardia Urbana de Concordia termine en el centro de la discusión: un dispositivo tipo pistola en la cintura de un funcionario mientras escribe sobre el capot de una camioneta. Se trata de Martín Amiano, director de Prevención y Seguridad Municipal, vestido con indumentaria del área.
En la captura de un estado de WhatsApp, Amiano aparece escribiendo sobre el capot de una camioneta identificada con la Guardia Urbana, aparentemente mientras confecciona un acta. En su cintura lleva un elemento negro con partes naranjas, de empuñadura tipo pistola, en una funda rígida y conectado a un cable en espiral.
Por sus características visibles, personas con conocimiento en armamento consultadas para la nota señalaron que era compatible con una pistola Byrna, un lanzador accionado por CO₂ que puede disparar proyectiles cinéticos o municiones con sustancias irritantes, como las denominadas pepper balls. La identificación fue confirmada por el subsecretario de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Concordia, el comisario Claudio Alexis Purgart, quien precisó que se trata de un dispositivo Byrna y aclaró que no es una Taser, que funciona mediante descargas eléctricas.
La Guardia Urbana de Concordia fue creada por la Ordenanza Nº 36.569, sancionada el 23 de agosto de 2018 y promulgada el 3 de septiembre de ese año. El artículo 11 establece que los preventores no pueden portar armas letales ni de ningún otro tipo y deben valerse de técnicas de mediación y métodos participativos para resolver conflictos.
La norma asigna funciones de prevención, asistencia a la ciudadanía, cuidado de espacios públicos y colaboración con otras autoridades; ante hechos delictivos, contempla dar aviso a las autoridades competentes y requerir el auxilio de la fuerza pública. El punto sensible no es solo si el dispositivo está sujeto a la legislación nacional sobre armas, sino si su utilización por un funcionario de la Guardia Urbana resulta compatible con las disposiciones municipales.
Consultado sobre el equipamiento, Purgart sostuvo que se trata de un dispositivo de «venta totalmente libre», comercializado a través de Mercado Libre en todo el país. Afirmó que no es un arma y que su adquisición y portación no requieren autorización bajo la legislación nacional de armas ni del Registro Nacional de Armas.
El subsecretario explicó que Amiano utiliza la Byrna para su defensa personal y la del personal a su cargo ante determinadas situaciones de riesgo actual o potencial. La consulta buscó también establecer si existe un protocolo específico, qué capacitación reciben los agentes, quién asume la responsabilidad ante eventuales daños y cómo se incorporó el elemento al servicio.
La imagen no cierra la discusión: abre una pregunta de fondo sobre los límites del equipamiento de una fuerza municipal que nació para prevenir, no para reprimir. Si la ordenanza prohíbe portar armas de ningún tipo, la Byrna no puede quedar afuera del análisis normativo, aunque se la defina como dispositivo de defensa personal.