La Justicia de Paraná dio un fallo contundente: una adolescente que cursaba el último año en un colegio privado de la ciudad tiene derecho a subirse al micro del viaje de egresados, y la institución no puede seguir negándoselo. El amparo lo presentaron sus padres, y el juez les dio la razón.
La resolución no solo ordena que la joven pueda participar del viaje de estudios de sexto año, sino que también intima a la institución a cesar de inmediato cualquier conducta discriminatoria vinculada a su condición de salud. Dos mandatos en uno: inclusión y fin del maltrato.
El caso expone una tensión que no debería existir en ningún colegio: una alumna con una condición de salud particular enfrentando la posibilidad de quedarse afuera de uno de los momentos más significativos de su trayectoria escolar. El viaje de egresados no es un lujo ni un trámite administrativo; para muchos chicos es el cierre simbólico de una etapa. Negarle ese derecho a alguien por razones de salud, sin mediar una justificación médica sólida y sin agotar alternativas, es discriminación. La Justicia lo entendió así.
La figura del amparo resultó la herramienta adecuada: rápida, directa, sin rodeos. Los padres no esperaron a que el colegio recapacitara; fueron a la Justicia y obtuvieron una respuesta antes de que el viaje quedara en el pasado.
El fallo sienta un precedente claro para Entre Ríos: las instituciones educativas privadas no pueden escudarse en la gestión interna para vulnerar derechos de sus alumnos. La condición de salud de un estudiante no puede convertirse en una excusa para la exclusión. Y si lo intenta, la Justicia tiene la última palabra.