martes , 3 febrero 2026
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Hubo cambios en las licencias para embarazadas 

Las personas gestantes podrán trabajar hasta diez días antes de la fecha de parto. 
El DNU publicado por el gobierno de Javier Milei contempla 366 artículos. Entre ellos, el 78 sustituye al 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de trabajo para modificar las condiciones de esas licencias.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Gobierno de Javier Milei estableció que las personas gestantes podrán trabajar como máximo hasta diez días antes de la fecha en la que esté previsto el parto.

El DNU 70/2023 contempla 366 artículos que implican una profunda desregulación de la economía, proponen un “plan de estabilización de shock” y deroga o modifica múltiples leyes y normativas.

Entre sus medidas, el artículo 78 sustituye al 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de trabajo para modificar las condiciones de la licencia de personas gestantes.

El nuevo artículo mantiene la prohibición de trabajar durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 después del mismo.

Sin embargo, las personas interesadas podrán reducir la licencia previa al parto a una cantidad no inferior a diez días y el resto se podrá acumular en el período posterior de descanso; a diferencia del anterior artículo en el que se podía reducir el período anterior hasta un mínimo de 30 días.

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