lunes , 13 mayo 2024
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Acuerdan pena condicional por siniestro vial

Francisconi, docente, de 40 años, consintió cumplir la pena de un año de prisión condicional.
El hecho sucedió en febrero de 2022, en La Picada. Ornella Denise Francisconi reconoció ayer su responsabilidad en el siniestro vial que se cobró la vida de dos personas jóvenes. En un acuerdo de juicio abreviado, consintió cumplir la pena de un año de prisión condicional por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria de un vehículo con motor y por la cantidad de víctimas.

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, adelantó ayer que hará lugar al acuerdo de juicio abreviado que le presentaron ayer el fiscal, Juan Malvasio, y la defensa de Ornella Denise Francisconi, a cargo de Tulio Kamlofky; y dará a conocer en el plazo que dicta la Ley la resolución respecto.

Francisconi, docente, de 40 años, madre de dos niños menores, fue imputada por su responsabilidad en el siniestro vial ocurrido el 16 de febrero de 2022, alrededor de las 11.50, cuando en la intersección de las rutas nacional Nº 12 y provincial Nº 10, en inmediaciones de La Picada, en el Departamento Paraná, colisionó con el vehículo Renault Clío en el que se trasladada por la ruta nacional a una velocidad no permitida -116 kilómetros por hora, 30 más de lo permitido en el lugar-, a una moto Zanella 150 en la que se movilizaban, Cristian Cruz Domingo Rodríguez y Celeste Daiana Almeria. El impacto produjo el deceso en el lugar, de la chica, y el del conductor de la moto, una hora después en el hospital San Martín.

ACUERDO. El acuerdo al que arribaron las partes, con el acompañamiento de familiares de las víctimas, consistió en el cumplimiento de la pena de un año de prisión condicional y cinco años de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo con motor. También deberá cumplir con normas de conducta, entre las que se destacó que deberá realizar un curso de manejo en tránsito. También se informó que la condenada ofreció una reparación económica a la madre de las víctimas, que ésta aceptó.

FUNDAMENTOS. El Diario, al final de la audiencia, dialogó con el fiscal Malvasio, quien explicó los fundamentos que permitieron dirimir el caso que se iba a resolver en un juicio plenario, en uno abreviado: “Debe quedar claro que el propio Código nos impone valorar la actitud posterior al delito y la que adoptó la imputada fue aceptar su responsabilidad en el hecho y reparar el daño en la medida de lo posible, eso se debe meritar como atenuante, y esos atenuantes más la carencia de antecedentes penales computables, nos permite fijar una pena de cumplimiento condicional. No nos olvidemos que es un homicidio imprudente en donde la propia norma nos habilita a la primera condicionalidad”.

Respecto de la reparación económica, explicó que “se judicializó en sede civil. Lo que tomé en consideración es que hubo un acuerdo. También es importante que una persona que no tiene antecedentes, una pena corta des socializa, la finalidad de nuestra pena de prisión es la de re-socializar al condenado para que una vez que cumpla su condena pueda vivir en sociedad, sujetándose a la norma, teniendo en cuenta que hay normas que nos rigen. En este caso es una persona que está socializada, que pidió las disculpas del caso; pero también se tomó en consideración para la pena condicional, cómo fue  el siniestro, la etiología del siniestro, una moto que sale de manera bastante intempestiva, eso no la carga de responsabilidad a la víctima pero también se tomó en consideración. Hay una confluencia de conductas, en donde si bien el resultado muerte es responsabilidad exclusiva de la imputada, sí hubo una actitud del conductor de la moto que por ahí coadyuvó”. Para concluir destacó que “lo importante es que se tomó en consideración la actitud posterior al hecho como determina el Código Penal y que la imputada va ser condenada y que se trató de un delito imprudente”.

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