miércoles , 4 noviembre 2026
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El video de Chajarí y la denuncia de Marclay ante el STJER

El video de Chajarí y la denuncia de Marclay ante el STJER
Marclay denunció ante el STJER un video de un comercio de Chajarí. Sostuvo que el video remite a violencia extrema y podría encuadrarse en la ley de violencia contra las mujeres.

El video de Chajarí todavía no se enfriaba y la denuncia ya estaba en el STJER. A primera hora del miércoles, la diputada Marclay presentó una comunicación en la oficina de violencia de género del tribunal. Se conocía el material desde hacía poco menos de un día, y la reacción no tardó en tomar forma institucional. El video, difundido por un comercio, fue señalado por la denuncia como un ejercicio de violencia simbólica contra las mujeres.

La diputada fue directa: “No se trata de una imagen inocua”. Para Marclay, la violencia representada tiene un significado social concreto y reconocible. Las bolsas negras, los cuerpos ocultos, los secuestros y las desapariciones no son elementos neutros ni simples recursos de humor: remiten a violencia extrema que atraviesa a la sociedad y se vincula con las violencias ejercidas contra las mujeres.

El punto jurídico es sensible. La comunicación del comercio podría haber cometido infracciones de la Ley 26.485, que protege a las mujeres contra la violencia. En particular, la denuncia señala violencia simbólica y violencia mediática, modalidades que aparecen en los artículos 5 y 6 de esa norma.

Además, la diputada recordó que hay un piso provincial propio. La Ley 10.956, en su artículo 4, incorpora expresamente la violencia mediática dentro del régimen de protección de Entre Ríos. Aun así, advirtió que la calificación jurídica definitiva dependerá del análisis integral del contenido, el contexto, las imágenes y el mensaje que transmite.

La diputada también marcó un límite: la aplicación de la Ley 26.485 requiere que exista una conducta basada en razones de género. No basta con señalar una imagen: hay que analizar el conjunto, el contexto y el efecto que produce en la sociedad.

El trámite tiene un destino claro: el sistema de recepción de denuncias por violencia de género del STJER dispone remitir la denuncia a los juzgados de la localidad donde se habría producido el hecho. En este caso, la remisión apunta a Chajarí. Ahí va a correr la primera etapa del análisis, con la mirada puesta en el contenido y en el contexto.

La denuncia no condena a nadie todavía, pero pone sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿hasta qué punto una comunicación de un comercio puede disfrazar de humor lo que, en la práctica, normaliza la violencia contra las mujeres? El caso de Chajarí no se resuelve con un clic: entra en el circuito judicial y obliga a mirar con lupa el lenguaje, las imágenes y el mensaje.

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