viernes , 16 enero 2026
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Reforma laboral: las seis claves del proyecto que el gobierno quiere sancionar de manera exprés

Bullrich habló de una iniciativa “moderada”, pero en algunos puntos los cambios son profundos y seguramente generarán fuertes discusiones

Para el gobierno nacional este parece ser un súper martes. Es que no solo anunció la rebaja de las retenciones, sino que se apresta a presentar el proyecto de reforma laboral que espera que sea tratado y aprobado de manera exprés en el Congreso, según adelantó la senadora Patricia Bullrich, durante el período de sesiones extraordinarias que comenzará este miércoles.

Bullrich habló de una iniciativa “moderada” que busca aceitar las relaciones laborales y ofrecer certidumbre a empresarios y trabajadores. Según explicó, el texto propone habilitar nuevas modalidades de contratación, incluidas variantes más flexibles y acuerdos a tiempo parcial. También abre la puerta a que las remuneraciones puedan fijarse no solo en pesos sino en moneda extranjera o incluso mediante prestaciones en especie, siempre dentro de marcos pactados.

También impulsa la figura de un banco de horas para reorganizar la jornada laboral según necesidades de producción, y contempla que los sectores puedan negociar un fondo de cese laboral que funcione como alternativa a la indemnización tradicional, aunque solo si lo acuerdan en convenio colectivo. Otro eje del borrador es una moratoria para que empleadores regularicen personal informal, un punto que el gobierno considera “clave” para achicar la economía en negro.
El objetivo declarado por el gobierno es “modernizar el empleo, reducir costos, desalentar la litigiosidad y promover la creación y formalización de puestos de trabajo”. Los siguientes serían los puntos principales_

Ley de Contrato de Trabajo

-Se elimina la “justicia social” como criterio interpretativo y se otorga carácter de cosa juzgada a acuerdos homologados (transaccionales, conciliatorios o liberatorios).

-Se prohíbe la aplicación analógica de convenios colectivos.

-Se simplifica la registración laboral y se impide exigir requisitos adicionales a los fijados por Arca.

-El trabajador eventual no puede ser candidato ni designado en cargos gremiales.

Conceptos salariales y pagos

-Se redefine qué se considera remuneración a efectos indemnizatorios: solo la devengada y pagada mensualmente. Así, no se computan en caso de despido ni el aguinaldo, ni las vacacione ni ningún tipo de premio.

-Los beneficios sociales (comedor, medicina prepaga) quedan excluidos como salario en especie y no generan aportes.

-Las propinas no serán remunerativas.

-La negociación colectiva podrá incorporar componentes dinámicos ligados a mérito y organización.

-Se habilita el pago de salarios en moneda extranjera.

Jornada, vacaciones y licencias

-Se permite que haya un banco de horas para evitar las horas extra y fraccionar vacaciones en períodos a partir de 7 días.

-Se endurece el sistema de justificación de enfermedad: certificados detallados y junta médica en caso de discrepancia.

-En casos de accidente o enfermedad con secuelas permanentes, se mantiene el empleo, pero puede ajustarse el salario.

Período de prueba, preavisos y extinción

-Elimina la reserva de empleo para cargos electivos.

-Quita el preaviso durante el período de prueba.

-Para contratos permanentes, si el trabajador no manifiesta continuidad durante dos meses, se considera extinción por mutuo acuerdo.

Montos indemnizatorios

-Se mantiene la regla general: un mes de sueldo por año trabajado (o fracción mayor a 3 meses) sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año o período trabajado.

-Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) para que empleadores puedan financiar indemnizaciones:

Repartidores y mensajerías por apps

-Se crea un nuevo régimen para plataformas, con obligación de inscripción en Arca y aportes de monotributista social.

Convenios colectivos

-Se elimina la ultraactividad plena: tras su vencimiento, solo se mantienen cláusulas normativas esenciales hasta que haya nueva convención.

-La autoridad administrativa podrá suspender cláusulas vigentes solo por ultraactividad si generan distorsiones económicas graves.

-Los convenios de ámbito menor pasan a prevalecer sobre los de ámbito mayor. Actualmente, rige el criterio de “más favorable al trabajador”.

Asociaciones sindicales

-Las asambleas requieren autorización previa del empleador, con horario y duración; si son dentro del establecimiento, también permiso por el lugar.

-Se consideran infracciones muy graves los bloqueos y tomas, alineadas con el DNU 70/23.

-Se simplifica el trámite para que sindicatos de empresa obtengan personería.

-Se reduce a 10 horas semanales el crédito horario de delegados.
 

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